LA REFORMA CONTABLE: PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD Y PGC-PYMES
Fecha del curso: 15/02/2017 · Finaliza: 15/02/2017
Horas: 3
Lugar: Sede del Colegio y Delagaciones a través de videoconferencia · Teléfono: 976220288
Horario: De 17:00 a 20:00 Horas
Ponentes: D. FRANCISO JOSE GRACIA HERREIZ. Economista. Auditor de Cuentas. Gestor Administrativo. Vicedecano Colegio Economistas de Aragón.
Coste: Colegiados: Subvencionado por el Colegio; Empleados y colaboradores: 20 euros; Otros asistentes: 60 euros
OBJETIVO:
El objetivo del seminario es analizar la reforma contable aprobada en la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, y el desarrollo reglamentario de esta norma por medio del Real Decreto 602/2016 en el que se concretan los cambios sobre la contabilización de inmovilizados intangibles, las simplificaciones contables para las pequeñas empresas y las repercusiones de ambas modificaciones en otras normas complementarias. Esta reforma contable ha entrado en vigor para los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2016.
Los cambios más importantes que introduce son:
1º. Simplificación de las obligaciones contables de las pequeñas empresas.
- Ampliación de los límites para acogerse al PGC-Pymes. Novedad sobre cuantificación de los importes teniendo en cuenta los del grupo en los términos de la NECA 13ª (abreviadas) o NECA 11ª (Pymes)
- Supresión de la obligatoriedad del estado de cambios en el patrimonio neto, tanto en las empresas que utilicen el modelo abreviado del PGC como para los sujetos contables que opten por aplicar el modelo de PGC-Pymes.
- Reducción de la información que debe suministrarse respecto del actual modelo de memoria (abreviada y Pymes). Los requerimientos de información en la memoria diseminados en varias normas de naturaleza no estrictamente contable dejan de ser obligatorios para las pequeñas empresas, a excepción de los previstos en la legislación tributaria.
Nota: a los asistentes al curso se les entregará un modelo de memoria abreviada y Pymes en formato Word y Excel, adaptados a esta reforma contable.
2º. Criterios de registro y valoración
- Modificación de la NRV (Norma de Registro y Valoración) 5ª Inmovilizado intangible de forma que se establece que los inmovilizados intangibles son activos de vida útil definida, y que cuando ésta no pueda estimarse de manera fiable, se amortizarán en un plazo de diez años de forma lineal.
- Modificación del apartado c) relativo al fondo de comercio de la NRV 6ª Normas particulares sobre el inmovilizado intangible. Se presumirá, salvo prueba en contrario, que la vida útil del fondo de comercio es de diez años y que su recuperación es lineal. Además, se establecen unas opciones de transición, de forma prospectiva o retrospectiva desde la toma de control, que cada empresa podrá optar de la forma que entienda más conveniente según sus propias circunstancias.