Pruebas de acceso a la profesión de Gestor Administrativo
La Secretaría General de Función Pública convoca las pruebas de aptitud para el acceso a la profesión de Gestor Administrativo.
Enlace información original: https://www.consejogestores.org/pruebas-de-acceso-a-la-profesion-de-gestor-administrativo-2020-2/
Pruebas
Las pruebas consistirán en el desarrollo por escrito en una única sesión de los siguientes ejercicios
La resolución de un test, consistente en un cuestionario de 250 preguntas basado en las materias del programa de las Áreas de Conocimiento que se adjunta como anexo II, de la correspondiente convocatoria, y que estará compuesto por preguntas con respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, valorándose cada respuesta correcta en 0,04 puntos, y restando cada respuesta errónea 0,02 puntos.
Un caso práctico, basado en el contenido del programa de Áreas de Conocimiento, a elegir entre tres propuestos. La duración máxima de los tres ejercicios será de cuatro horas, desarrollándose en la forma en que decida el Tribunal calificador.
Solicitud
La presentación de las solicitudes se podrá realizar mediante los siguientes procedimientos:
Presentación telemática: es decir, por vía electrónica a través de la página web del Consejo General de Gestores Administrativos.
Presentación en soporte papel: puede descargarse el impreso de solicitud en este enlace. Estas solicitudes se podrán presentar en la sede del Consejo General (calle Mayor, n.º 58, 28013 Madrid), en los Colegios Oficiales de Gestores Administrativos o a través de las Oficinas de Correos, mediante envío certificado.
El plazo de presentación de instancias finaliza el 25 de noviembre de 2020
Requisitos
Podrán concurrir a las pruebas de aptitud quienes, a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes, reúnan los siguientes requisitos:
Tener la ciudadanía española o de alguno de los Estados siguientes: Estados miembros de la Unión Europea, Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Estados que concedan reciprocidad de títulos académicos y derechos profesionales a los ciudadanos españoles. En el caso de ciudadanía de otros Estados, las personas aspirantes deberán acreditar el permiso de residencia en España.
Tener la mayoría de edad.
No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas, en el ámbito de ninguno de los Estados miembros de la Unión Europea, de los demás signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o de los países con los que existan convenios de reciprocidad.
Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos:
Licenciatura en Derecho, en Ciencias Económicas, en Ciencias Empresariales o en Ciencias Políticas establecidas por el artículo 6.e. del Decreto 424/1963, de 1 de marzo, de aprobación del Estatuto Orgánico de la profesión de Gestor Administrativo.
Licenciatura del ámbito de las Ciencias Económicas y Empresariales, del Derecho y de las Ciencias Políticas que las sucedieron en el extinto Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales de España.
Máster Universitario implantado al amparo del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, adscrito a la rama del conocimiento de las Ciencias Sociales y Jurídicas y vinculado al ámbito disciplinar de alguna de las licenciaturas requeridas por el Estatuto Orgánico.
Titulación universitaria oficial obtenida en otros estados que acredite su equivalencia al nivel MECES 3 y su homologación respecto a alguna de las titulaciones anteriores.